La digitalización de las facturas avanza con paso firme en España. Con la aprobación de la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece) y los reglamentos que la desarrollan, se prepara un escenario en el que las empresas y autónomos deberán emitir, remitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado. En este artículo desglosamos qué significa esto, cuándo entra en vigor, quiénes están afectados y cuáles son las características que debe cumplir la factura digital. Y por qué en Leketembé estamos desarrollando una herramienta propia para facilitar este cambio.
1. ¿Cuándo entra en vigor?
La Ley ya fue publicada y entró en vigor el 19 de octubre de 2022. Cronomía+2ELORIAN+2
Pero la obligación de emitir facturas electrónicas para todas las empresas depende del desarrollo reglamentario. Cuatrecasas+1
Según varias fuentes, el calendario estimado es:
Para empresas con facturación superior a 8 millones de euros: 12 meses tras regulación, lo que apunta a 2025. EY+1
Para el resto (PYMES, autónomos): 24 meses tras regulación, por lo que podría comenzar 2026 o incluso 2027. Coneix+2Esker+2
También es importante el calendario para los sistemas informáticos de facturación vinculados a la VeriFactu (relacionados con la lucha contra el fraude): para sociedades el 1 de enero de 2026; para autónomos el 1 de julio de 2026. Esker+1
En resumen: no hay un “ya está todo obligado” inmediato para todas las empresas: la entrada será escalonada, pero tu empresa debe empezar a prepararse ya.
2. ¿Quiénes estarán obligados?
Todas las empresas y autónomos que realicen operaciones B2B (entre empresas o entre autónomos y empresas) en España. ELORIAN+1
Independientemente del tamaño y facturación — aunque los plazos varían según volumen. Appvizer+1
Excepciones: operaciones a consumidores finales (B2C) no entrarían inmediatamente en algunas fases. EJA
También pueden existir particularidades sectoriales o territoriales que modifiquen los plazos. Revista Bae
3. ¿Qué características debe tener la factura electrónica?
Debe estar en un formato electrónico estructurado, que permita automatización, lectura por máquina, intercambio. Acelera Pyme+1
Debe garantizar la autenticidad del emisor, la integridad del contenido y la legibilidad durante al menos 4 años. Acelera Pyme+1
Las plataformas tecnológicas (software de facturación, plataformas de envío) deberán garantizar interoperabilidad, conexión con la plataforma pública gestionada por la Agencia Tributaria (AEAT). ELORIAN+1
Información adicional: se exigirá proporcionar a los destinatarios acceso gratuito para consultar, descargar o imprimir la factura electrónica. Acelera Pyme
En algunos casos se requerirá que el emisor comunique también el estado de la factura (emitida, remitida, pagada, etc.). Cronomía
4. ¿Qué implicaciones para tu empresa?
Si eres proveedor de servicios de facturación, software o estás desarrollando sistemas internos (como en Leketembé), tienes que anticiparte: adaptar tus sistemas, formatos, asegurar firmas digitales, integración.
Si eres autónomo o PYME emitiendo facturas, tendrás que comenzar a emitir en el formato adecuado antes de la fecha límite que te corresponda, y posiblemente conectarte a plataformas de intercambio o usar softwares compatibles.
La ventaja: te permitirá digitalizar tus procesos, reducir errores, mejorar trazabilidad, automatizar contabilidad.
Riesgo: si no adaptas en tiempo, podrías estar sujeto a sanciones o incumplimientos cuando se exija la obligatoriedad plena.
5. ¿Cómo nos estamos preparando en Leketembé?
En Leketembé estamos desarrollando una herramienta que permitirá:
Generar facturas en formato estructurado adaptado al estándar que se aprobare.
Firmarlas digitalmente y conservarlas.
Enviarlas y recibirlas mediante plataformas certificadas.
Integrarse con tu web, ERP o sistema de back-office de forma personalizada.
Si estás interesado/a en anticiparte al cambio y quieres que tu empresa no se quede atrás, contáctanos para más información.




